Distinción entre los conceptos de
derechos humanos, derechos fundamentales, garantías individuales y garantías constitucionales.
Al observar estos conceptos, tal vez lo que pensaríamos en
primera instancia es que se trata de sinónimos, pero en realidad cada uno de
estos conceptos tiene un enfoque diferente. Empecemos por derechos humanos,
este concepto tiene un enfoque filosófico, esto se refiere a que engloba y se
refiere en su totalidad a todos los derechos que al ser humano le son otorgados desde su nacimiento, los
cuales son derechos individuales, derechos sociales, derechos políticos, etcétera.
De igual manera el termino derechos humanos es designado de manera universal
para la redacción de tratados, pactos, convenios y convenciones internacionales
referentes a la protección de los derechos de las personas, donde
posteriormente cada nación adoptara a aquellos derechos que puedan ser
reconocidos y consolidados dentro de su orden jurídico, pudiendo así
reconocerlos con el título que más se apegue a su legislación pudiendo ser
derechos humanos, derechos del hombre, derechos fundamentales, libertades públicas,
etcétera.
Ahora bien pasemos al concepto de derechos fundamentales el
cual es un concepto más en particular, esto es, por que algunas naciones
utilizan este título para designar a todos los derechos que les son otorgados a
sus habitantes de acuerdo a su legislación actual y a diferencia del concepto
de derechos humanos le da una mayor importancia a los derechos de índole individual
y social.
Por otra parte encontramos los conceptos de garantías individuales
y garantías constitucionales, pero de una manera parecida a los conceptos
anteriores, uno tiene una acepción más general y el otro por el contrario uno más
particular. Para tener más claros estos conceptos debemos de considerar que garantía
proviene del termino anglosajón “warranty” o “warantie” que significan proteger,
defender o salvaguardar. Teniendo más claro este término podemos deducir
entonces que los dos conceptos se refieren a la protección de los derechos. Las
garantías individuales vana promover y a salvaguardar aquellos derechos que
como su nombre lo indica, que son de carácter individual, como el derecho a la
libertad a la seguridad jurídica, a la igualdad, a la propiedad etcétera.
Las garantías constitucionales de igual manera buscan el
promover y salvaguardar los derechos pero de una manera más amplia incluyéndolos
derechos de carácter social, jurídico, políticos, institucionales, etcétera.
Julio César López Munguía.
Garantías constitucionales
cuarto semestre